A través de ellas el Notario da fe de determinados hechos o circunstancias que el Notario presencia o le constan.
Pueden ser de distintos tipos: de presencia, para acreditar la existencia de una persona, de remisión de documentos por correo, de notificación o requerimiento, de exhibición de fotografías, cosas o documentos, de referencia, de notoriedad, de protocolización, de depósito, de legitimación de firmas.
El que solicite el acta debe tener interés legítimo y comparecer ante el Notario con su documento de identidad.